EXTENSIÓN UNIVERSITARIA
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Informe del Laboratorio de Química Ambiental y Biogeoquímica, sobre el deterioro ambiental producido en el Arroyo El Gato

Diciembre 21, 2023

El Laboratorio de Química Ambiental y Biogeoquímica (LAQAB) de la Universidad Nacional de La Plata concluyó que el deterioro ambiental producido en el Arroyo El Gato y Río Santiago evidencia un grado de contaminación aberrante de todo el sistema y que se ha sido convertido en un sumidero de aportes cloacales y desperdicios.

  1. La demanda

En agosto del año 2020, la Clínica Jurídica de Derecho Ambiental de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata, presentó una demanda solicitando la prevención, el cese y la  recomposición de daño ambiental provocado al Río de la Plata, al Río  Santiago y el Arroyo El Gato.

En dicha oportunidad se solicitó:

1) La prevención del daño ambiental de incidencia colectiva, que pueda producirse en el futuro  al Río de la Plata, el Río Santiago y el Arroyo El Gato y al  Sistema  Ecológico Integral Único e Indivisible conformado por las interrelaciones entre estos tres y todo lo demás elementos naturales ambientalmente ligados como son: el suelo, subsuelo, flora, fauna y humedales a todo el ambiente en general, como así también el no agravamiento de los daños ya producidos

2) El cese de manera urgente, definitiva y para siempre del daño ambiental de incidencia colectiva ya provocado en especial al Río de la Plata, al Río Santiago y al Arroyo El Gato, como así también al Sistema ya definido en el anterior párrafo.

3) La recomposición ambiental de la zona afectada y dañada del Río de la Plata, el Río Santiago y el Arroyo El Gato, como así también del Sistema.

Asimismo, se requirió

4) Se fije una indemnización sustitutiva a depositarse en el Fondo de Compensación Ambiental, para el supuesto en que en alguna medida no resulte técnicamente factible el restablecimiento al estado anterior a la producción del daño ambiental, ya sea en todo o en parte de la zona afectada y dañada.

5) La presentación de proyecto/programa/plan de prevención, cese y recomposición del daño ambientalde la zona afectada y dañada, por parte de las demandadas  en  el menor plazo posible, o en un plazo razonable, según lo determine el Juez a cargo, y finalmente,

6) La creación de mecanismos de control y monitoreo, de las obras, tareas y actividades a desarrollar para la prevención, cese y recomposición del  Río de la Plata, el Río Santiago y el Arroyo El Gato, y al Sistema, a través de la Universidad Nacional de La Plata, en  la etapa de ejecución de sentencia, y a exclusivo costo de las demandadas.

La demanda se dirigió contra:

1) ABSA por ser quien genera el daño ambiental como operadora de la planta de efluentes cloacales de Ringuelet, que se desechan directamente en el Arroyo El Gato,  el cual desemboca a su vez  en el Río Santiago y en el Río de La Plata.

2)  Municipalidad de La Plata, porque es quien tiene el poder de policía en materia de residuos domiciliarios y sólidos urbanos, conforme la Ley de Presupuestos Mínimos de Gestión de Residuos Domiciliarios Nº 25.916, la Ley provincial de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos (N°13.592) y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58 y modificatorias.

3) La Provincia de Buenos Aires porque también detenta el poder de policía sobre los bienes de dominio público provincial (art. 28 Const. Prov. Bs. As), y ser la encargada de fiscalizar el cumplimiento de la normativa bonaerense sobre la protección de los recursos hídricos y sobre el tratamiento de residuos.

Así fue que en el marco de esta causa, caratulada “VIGO MARIÑO, IVÁN CIRO c/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y OTROS s/DAÑOS VARIOS”, en trámite ante el Juzgado en lo Civil, Com. y Cont. Adm. Federal de La Plata N° 4, Secretaria N° 10, el Juez Osvaldo Recondo,  mediante resolución del 6 de junio de 2022, requirió al Laboratorio de Química Ambiental y Biogeoquímica (LAQAB) de la Universidad Nacional de La Plata, que emita dictamen pericial a fin de informar “B.- A partir de actuales tomas de muestra en  el sistema hídrico objeto de autos, (...) los parámetros de calidad del agua en relación a la normativa ambiental vigente, interesando particularmente se detalle sobre la presencia de contaminación como consecuencia de vertidos cloacales en el Arroyo El Gato (...)”.

Como resultado de ese requerimiento, el 14 de septiembre de 2023 el referido laboratorio presentó el Informe Pericial en el que se plasma el resultado de los trabajos de análisis de contaminantes, realizados en mayo, junio y julio del corriente año. Allí se evalúa la condición actual y grado de deterioro ambiental producido en el Arroyo El Gato, Río Santiago y Río de la Plata aledaño.

El trabajo pericial completo consta de dos informes individuales, el primero sobre calidad de aguas, que incluye datos continuos registrados espacial y temporalmente con sondas multiparamétricas y análisis puntuales de parámetros físicos y bioquímicos, y el segundo sobre calidad de sedimentos que trata sobre características generales y concentración de contaminantes persistentes en los sólidos sedimentables y del fondo del lecho.

El equipo de trabajo, dirigido por Juan C. Colombo, estuvo conformado por Eric Speranza, Leandro Tatone, Santiago Heguilor, Carlos Skorupka, Carolina Migoya, Gastón Bonamino, Martina Palladino, Sabrina Ferreyra y Lourdes Riccardi.

El LAQAB concluyó que “los resultados de ambos informes son perfectamente consistentes entre sí y evidencian un grado de contaminación aberrante de todo el sistema que ha sido convertido en un sumidero de aportes cloacales y desperdicios varios que se acumulan en el Río Santiago afectando también la zona adyacente del Rio de la Plata”.

Específicamente, en el Informe 1 “Caracterización general de la Calidad de Aguas” el laboratorio explica con claridad meridiana la gravedad de la situación que afecta al “Arroyo El Gato” indicando que “ha sido convertido en un colector cloacal, con mala calidad del agua caracterizada por elevada conductividad y carga orgánica, principalmente nitrógeno, Demanda Bioquímica y Química de Oxígeno que resulta en una fuerte reducción del oxígeno disuelto, enriquecimiento en metales antrópicos particulados (Zn, Cu) y valores extremos de bacterias coliformes fecales, superando normas nacionales e internacionales e incompatible con cualquier uso recreativo”.

Asimismo, destacó que “el aporte cloacal es masivo en las descargas de La Plata en El Gato (después de la calle 1), muy marcado por el nitrógeno total abundante en la orina, pero es también significativo aguas arriba, a la altura de la calle 143, La Granja y posiblemente en M. Romero (...)”.

Enfatiza que “el impacto de la descarga del Arroyo El Gato en el Río Santiago es muy significativo, con marcado deterioro de la calidad de agua en el sector del Club de Regatas La Plata, (...) y que en consecuencia las aguas que lo circundan (...) están eutrofizadas con máximos de clorofila a (favoreciendo el desarrollo de cianobacterias) y tienen una elevada carga de coliformes fecales, superando en varias decenas de veces los valores recomendados para actividades recreativas”.

Sumado a ello, el Laboratorio explicó que “esta delicada situación sanitaria representa un riesgo real de infección por patógenos y transmisión de enfermedades hídricas, especialmente crítico para el sector infantil que desarrolla actividades en la zona aledaña (...) y que “(...) La construcción y puesta en funcionamiento de la planta de tratamiento de los efluentes cloacales debe ser considerada una prioridad absoluta que permitirá disminuir la degradación ambiental imperante y el deterioro de la calidad de vida de la población”.

En virtud de la grave situación y hasta tanto se resuelva el problema de fondo, el LAQAB propuso que “(...) debería crearse un observatorio permanente de la calidad del agua con señalización de las condiciones para usos específicos en el Río Santiago y un sistema eficiente de fiscalización y recolección continua de residuos en la desembocadura del Arroyo El Gato en el Río Santiago (...)”.

Por otro lado, en el informe 2 el LAQAB “Calidad de sedimentos y contaminantes persistentes” analiza la recolección de sedimentos superficiales como de la profundidad del lecho.

Del mismo, se destaca que “La deficiencia o ausencia de tratamiento de los efluentes, las descargas clandestinas a lo largo del Ayo. El Gato, tanto las domiciliarias continuas como los vuelcos ocasionales realizados por camiones cisterna, conjuntamente con el inadecuado manejo de los residuos domiciliarios (separación, recolección y reciclado), contribuyen a la sobrecarga que soporta el sistema que ha sido convertido en un sumidero de aportes cloacales y desperdicios varios que se acumulan en el Río Santiago.”

Asimismo, “las concentraciones de contaminantes persistentes en el material sedimentable son elevadas, a menudo superando las guías de calidad de sedimento y aún las de efecto tóxico probable en los organismos, principalmente para bifenilos policlorados ((PBCs)...)”.

Sumado que “en el caso de algunos hidrocarburos, precursores de detergentes y ciertos metales, también se registran concentraciones elevadas en estratos superficiales indicando aportes recientes.”

Finalmente, “en resumen, los contaminantes persistentes en los sedimentos superficiales indican aportes recientes, frescos de fuentes mixtas, industriales (PCBs, hidrocarburos, metales), domésticas(LABs) y cloacales (esteroles) en las descargas de Ayo. El Gato y desembocadura del Canal Oeste, con reducción de las concentraciones, envejecimiento (degradación) de la señal y aportes naturales aguas afuera.”

 

Para leer los informes:

INFORME UNO

INFORME DOS

 

 

 

 

Programas y Proyectos