AUTORIDADES LOCALES JUNTO AL CONSEJO ÚNICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL ANALIZAN UN NUEVO ORDENAMIENTO TERRITORIAL EN EL EJE NOR-NOROESTE (NNO) DEL PARTIDO DE LA PLATA (RINGUELET - GORINA - HERNÁNDEZ - GONNET - CITY BELL - VILLA ELISA - ARTURO SEGUI).
Uno de los documentos que se tuvieron en consideración es el dictamen de la Clínica Jurídica Ambiental de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales , dirigida por Aníbal Falbo, el cual sostuvo que la aplicación del Código vigente “vulnera” en el eje NNO los principios ambientales preventivos, de no regresividad y de congruencia.
Plantea también que “la autoridad municipal está obligada a analizar, contemplar, describir, determinar y evaluar los impactos ambientales acumulativos” producto de cada nuevo pedido de autorización de obras o construcciones privadas o públicas en base a la ordenanza vigente”.
Y advierte que de no hacerlo “se está afectando la tutela debida y protección básica del ecosistema, de la calidad de vida de sus vecinos, de su biodiversidad, de su verde público y privado, de sus valores culturales y ecológicos, de su paisaje, de su identidad.
Dicho dictamen fue elaborado por los integrantes de la Clínica Jurídica Ambiental, en base a una consulta formulada por la Asociación Civil DNI “Defendamos Nuestra Identidad”.
En síntesis según el dictamen la aplicación de la Ordenanza N° 10.703 en el Eje NNO, vulnera los principios ambientales, por lo cual, hasta tanto se adecue la misma al ordenamiento jurídico ambiental, corresponde aplicar ultraactivamente la Ordenanza N° 9.231, en los casos en que esta proteja más ampliamente al ambiente.